Servicio de alimentos
La revolución de las plataformas digitales en Panamá
... darles la tranquilidad de que los repartidores que trabajan en estas plataformas, son personas aptas y responsables que no manipularán de manera inadecuada los alimentos...
- Carol Cedeño
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- - Publicado: 05/11/2019 - 12:00 am
En un mundo donde la tecnología acapara todo el entorno de convivencia diaria y las APPs son el diario vivir, tanto para jóvenes, adultos y personas mayores, llegan los servicios de plataformas digitales, los cuales, para muchas personas, son un medio de amparo para aliviar sus faenas diarias, facilitándoles sus actividades cotidianas, y, si bien es cierto, estas plataformas digitales le hacen un favor a muchas personas, sin embargo, los clientes frecuentes que utilizan estos medios digitales se preguntan: ¿existe alguna ley que las regule?
Y es aquí donde el diputado independiente, Raúl Fernández, presenta el anteproyecto de ley 179, que regula a las empresas que se dedican a este negocio de mensajería y entrega de alimentos en nuestro país.
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Este anteproyecto busca regular las obligaciones que deben cumplir tanto las empresas, como las personas que se incorporan a esta nueva modalidad de negocio, ya que el principal objetivo es garantizar la salubridad y la inocuidad de los alimentos, aunado a eso, según el anteproyecto, indica que los repartidores deben realizarse exámenes médicos conforme a lo que indique la ley, por otro lado, las empresas deben tener un domicilio físico, en donde se pueda entregar cualquier tipo de notificación; adicional, el personal debe tener todos los documentos de la moto en regla, para gestionar sus actividades.
Los alimentos que se entreguen deben contar con un sello o papel adhesivo de seguridad, que brinde al cliente la tranquilidad que su alimento no ha sido manipulado.
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La regulación y normalización de los servicios de mensajería estarán a cargo de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), el Ministerio de Salud (MINSA), y el de Trabajo (MITRADEL), el Servicio de Migración y la Dirección General de Ingresos.
Y muchos se preguntarán, ¿es necesario este anteproyecto de ley 179?
Claro que sí es necesario, ya que no podemos olvidar que gracias a todas las redes sociales, en algún momento se visualizaron videos, de algunos repartidores, de estas plataformas de mensajería digitales, comiendo o tocando los alimentos, los cuales se hicieron virales.
Este anteproyecto de ley vela por todas las personas que utilizan estas APPs, para darles la tranquilidad de que sus repartidores son personas aptas y responsables que no manipularán de manera inadecuada los alimentos.
Es de suma importancia que este personal se realice exámenes médicos y, como individuos conscientes, tener responsabilidad civil y no cometer actos tan deplorables que afectan al consumidor y hasta a los dueños de estos negocios, de una manera significativa.
Estudiante de Derecho de Universidad Americana.
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