Análisis
Marcelino Ruiz: que no lo parta un rayo
Por la dignidad de la Patria, ojalá la instancia superior la revoque e indique, como corresponde, que dicha expresión, propia ya del jolgorio y acontecer político nacional, no constituye, en manera alguna, falta ni delito.
- Silvio Guerra Morales [email protected]
- - Publicado: 16/11/2018 - 12:30 am
La sátira fue ampliamente conocida y divulgada en la Edad Media.
No escaparon de ella príncipes, lores, reyes, políticos, etc.
Hoy día, la caricatura política es una de las manifestaciones de la burla y, en consecuencia, clara expresión de la sátira.
Respecto a la sátira política, vista a través de la historia, con sobrada razón se ha sostenido que allí en donde ha existido un gobierno organizado también ha coexistido la sátira.
Así, a guisa de ejemplo, tenemos que en la Antigua Grecia rememoramos a Aristófanes: Ateniense nacido en el año 444 y fallecido en 385 a.C., y se le considera el comediógrafo griego por excelencia y padre de la sátira.
Aristófanes se burló de Sócrates en su obra Las Nubes.
La sátira política, no pocas veces confundida con la protesta política, suele emplearse para exponer, desnudar y denunciar la hipocresía, lo irracional, lo absurdo, la misma estupidez humana, la locura o el vicio y desenfrenos en la sociedad; pero también puede usarse para brillar sobre la futileza de la vida y de la conducta humana, por ello busca burlarse y ridicularizar la conducta y acciones de aquellos que están llenos de soberbia, fatuos, engreimiento humano, y de vanidad sin causa.
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Por ello, la sátira puede hacerse contener en un dibujo, una canción, en una expresión, ser impresa, verbal, gestual, etc.
Este introito a propósito del arresto que sufriera el compatriota Marcelino Ruiz Aquino, padre de Lilian Marissa, quien valientemente denunció en las redes sociales la injusticia de la que fuera víctima su progenitor en fecha de 10 de Noviembre en la Villa de Los Santos cuando se festejaba, justamente, el Grito de la Villa de Los Santos, al espetar al mandatario Juan Carlos Varela, según se ha dado a conocer en los medios de comunicación social, ”Que me parta un rayo si Varela no está impicado en casos de corrupcion”.
Encontrándose en la casa de su madre, según volvió a dar a conocer su hija, la abuelita de casi cien años de edad, efectivos de la Policía Nacional procedieron a detenerlo y luego conducir a Marcelino Ruiz Aquino ante la Jueza de Paz de Santa Ana, quien le impuso, sancionándolo, multa de $300.00.
Esta multa, su cuantía, ha sido objeto de apelación.
Por la dignidad de la Patria, ojalá la instancia superior la revoque e indique, como corresponde, que dicha expresión, propia ya del jolgorio y acontecer político nacional, no constituye, en manera alguna, falta ni delito.
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En todo caso, tal y como lo dispone el segundo párrafo del Artículo 196 del Código Penal, cuando la expresión o frase con apariencia de calumniosa o injuriosa se predique en contra del presidente, el vicepresidente de la República, Magistrados de la Corte, de Tribunales Ordinarios y especiales, procuradores, jueces, presidente de la Asamblea, directores generales o jefes de entidades autónomas, Jefes nacionales o provinciales de la Policía, etc., no se impondrá sanción o pena alguna, dejando salvaguardada la responsabilidad civil.
Con lo cual lo que se quiere decir es que si el presidente lo estimare podría demandar civilmente al conciudadano Ruiz.
Sería un excelente precedente de cómo el poder se irracionaliza y amenaza en contra de las libertades ciuadadanas para acallar la crítica mordaz y virulenta de quienes llegaren a expresarla.
Pero, reiteramos, ni siquiera en el ámbito jurídico civil hay pie para una demanda ya que la expresión: “Que me parta un rayo si Varela no está impicado en casos de corrupcion” no trasciende al ámbito del delito y mucho menos a la falta administrativa.
Bien se ha defendido Marcelino Ruiz alegando que nunca llamó al presidente “maleante o delincuente”.
Es cierto. Analicemos: Manuel Ruiz se acarrea, primeramente, para sí un daño mortal cuando dice: “Que me parta un rayo”; pero ese es un acontecimiento futuro e incierto, amén de estar sujeto a los hechos de la naturaleza; y añade, como condición clara: “Si Varela no está implicado en casos de corrupción”.
Como la bilateralidad es nota distintiva del Derecho, a diferencia de la moral que es subjetiva, es de anotar que la expresión tiene un destinatario. Quién?, pues al propio presidente, ya que es él y solamente él quien tiene la potestad de hacer que no se cumpla el desideratum de Manuel Ruiz.
Y es que le caerá el rayo al compatriota Ruiz, únicamente, si Varela no estuviere implicado en casos de corrupción (depende de Varela), y no le sucederá semejante y horrorosa muerte, morir electrocutado por la naturaleza, si Varela estuviere implicado en tales actos de corrupción.
Conclusión: Dependerá de Varela lo que le pueda suceder a Manuel Ruiz Aquino o a él mismo.
Abogado.
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