El regreso a Panamá de la embajada de Estados Unidos
- Kenibeth RÃos P.
- - Publicado: 20/7/2009 - 08:39 pm
En 2007, en artículo publicado aquí (5-junio/2007) revelamos el resultado de investigación realizada sobre el interés del gobierno norteamericano de vender 29 de "sus" propiedades en el exterior, incluida allí la sede de su antigua embajada en Avenida Balboa. Dije que esa "venta" no se podía dar porque no era de su propiedad.
Desde 1938, dichos terrenos fueron dados en arrendamiento por Panamá. Su propiedad nunca fue cedida, aunque la página web de la Embajada de EE.UU. decía que "el terreno fue originalmente comprado por su gobierno luego rentado a Panamá por un período de 999 años", siendo su costo "terreno y de la construcción de US$ 366.719.00".
Revisando el Registro Público vimos que dicho inmueble sigue siendo nuestro, al haber sido arrendado en noviembre de 1938 por 999 años y por un canon global de B/.25.000.00. El metraje es de 4.851.14 m2; la suma pagada anualmente por metro cuadrado en ese extensísimo período fue de menos de B/. 0.005 por metro cuadrado.
El convenio internacional fue suscrito por Panamá por el Dr. Narciso Garay, Secretario de Relaciones Exteriores de Panamá, por Frank P. Corrigan. Panamá, además del arrendamiento por ese valioso terreno, se obligó, (Cláusula V del Contrato) a realizar a su costo mejoras públicas:
a) Extender la Avenida Balboa desde Calle 37 hasta la Calle 38 y atravesándola; b) Extender de la Calle 38 desde la Avenida Balboa, como queda extendida, hasta la Avenida Chile. c) Pavimentar de la Avenida Chile desde la Avenida Chile hasta la Avenida México, y d). Pavimentar de la Avenida Chile desde la Calle 37 hasta la Calle 38 y atravesándola.
En ese contrato también se estableció que "el ancho las extensiones mencionadas de la Avenida Balboa y de la Calle 38 no será menor que el ancho de las porciones de dicha avenida y dicha calle, respectivamente, existentes ahora, y el tipo de la construcción y pavimentación de dichas extensiones no será inferior al que ya se empleó en dicha construcción y pavimentación ya existentes".
Además Panamá convenía “en prohibir la erección de líneas eléctricas de transmisión o de comunicación al descubierto o estructuras pertenecientes a tales líneas en la Avenida Balboa entre Calle 37 y Calle 38 o en Calle 38 entre la Avenida Chile"
De los B/. 25.000.00 recibidos en arrendamiento, nuestro país los tuvo que pagar en exceso por los gastos que asumió y que, durante el transcurso de tantos años (71), más otras limitaciones que se fueron agregando, como el impedir se transitase en las calles aledañas.
En aquel artículo dije que por el uso tan prologando que han hecho de ese bien inmueble, por el insignificante canon de arrendamiento pagado, los mismos, como un gesto de solidaridad a Panamá, deben ser devueltos sin costo alguno.
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