Defensa de Ricardo Martinelli espera que se amplíen beneficios al expresidente
Un Tribunal de Apelaciones deberá deliberar si el expresidente Ricardo Martinelli puede gozar de libertad total luego de que se le beneficiara con una medida de arresto domiciliario, tal como lo establece el Código Procesal Penal.
- José Chacón
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- - Actualizado: 14/6/2019 - 06:31 pm
Esta noche se sabrá si un Tribunal de Apelaciones del Sistema Penal Acusatorio le amplía los beneficios al expresidente Ricardo Martinelli luego que el pasado miércoles fuese excarcelado tras cumplirse el plazo de un año como límite de la prisión preventiva en Panamá.
Los abogados del exmandatario panameño, que es procesado por presuntas escuchas telefónicas, solicitaron de manera formal al Tribunal de Apelaciones cambiar el régimen domiciliario por país por cárcel.
Es decir que proponen a las autoridades a cargo del caso permitirle al exmandatario gozar de libertad plena, pero sin poder salir del país, además de ser vigilado o custodiado por agentes de los estamentos de seguridad.
En este sentido, Luis Eduardo Camacho González, uno de sus representantes legales, manifestó que la medida de depósito domiciliario equivale a un arresto preventivo en una cárcel. Añadió que de igual forma Ricardo Martinelli permanece preso aunque esté en su residencia.
"Hemos señalado que la medida es equivalente a la detención provisional en un centro penitenciario y así está reconocido por nuestra ley. En ese sentido, si la primera disposición fue cesar la detención preventiva de Ricardo Martinelli, ello no ha ocurrido en la medida en que él, con el depósito domiciliario sigue detenido, solo que un sitio diferente a una cárcel", declaró el jurista.
Por otro lado, la misma fuente aseguró el Tribunal de Juicio Oral está restringiendo la libertad de expresión y pensamiento de Ricardo Martinelli al impedirle hablar con los medios de comunicación e incluso, de usar las redes sociales.
Por su lado, los querellantes y la Fiscalía Contra el Crimen Organizado apelaron la decisión del Tribunal de Juicio Oral en relación a la liberación de Ricardo Martinelli y en base al artículo 12 y 237 del Código Procesal Penal que impide que la detención preventiva no exceda un año calendario.
Al respecto, el querellante Carlos Herrera Morán afirmó que existe peligro de fuga y solicitó a su vez que se revoquen todas las medidas a favor del imputado.
Por último, Carlos Carrillo, otro de sus abogados, sentenció que "no existe ninguna evidencia" sobre alguna "intención de fuga".
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